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Una resolución de $120 millones ha sido lograda en una demanda colectiva sobre la fijación de precios de Lovenox que afirmó que fabricantes de medicinas conspiraban para tener una versión genérica y más barata de la medicina anticoagulante fuera del mercado.
Los miembros de clase incluyen compradores indirectos de Lovenox o la versión genérica, enoxaparina, incluso a hospitales, pagadores de tercera parte y personas sin seguro que hicieron la compra para el consumo personal por ellos mismos, sus familias o pacientes.
Las medicinas deben ser compradas entre el 21 de septiembre de 2011 y el 30 de septiembre de 2015 en los estados siguientes: Arizona, Arkansas, California, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Distrito de Columbia, Florida, Hawái, Illinois, Iowa, Kansas, Maine, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Mississippi, Missouri, Montana, Nebraska, Nevada, Nueva Hampshire, Nueva México, Nueva York, Oregón, Tennessee, Utah, Vermont, Virginia Occidental y Wisconsin.
Según la demanda colectiva sobre la fijación de precios de Lovenox, Momenta Pharmaceuticals Inc. y Sandoz Inc. vendían Lovenox y la versión genérica de enoxaparina. Las empresas supuestamente participaban en actividades antimonopolias para combatir competencias de otras medicinas genéricas.
Específicamente, los demandantes afirmaron que las empresas accedieron a compartir las ganancias de enoxaparina hechas por Sandoz; sin embargo, esto solamente ocurriría si la medicina de Sandoz era la única en el mercado en los EE. UU.
Además, la patente de una prueba de calidad requerida utilizada para asegurar que enoxaparina cumpla con requisitos del FDA supuestamente fue asegurada por Momenta, así que sería imposible para otras empresas a producir una alternativa. La demanda colectiva afirmó que estas acciones trasladaron a precios más altos para compradores indirectos de la medicina, que no tuvieron otra opción.
Ninguno de los demandados ha admitido ninguna fechoría, pero han accedido a pagar $120 millones para resolver las acusaciones. Bajo los términos de la resolución, miembros de clase pueden recibir parte del dinero que pagaron para comprar o Lovenox o la versión genérica de enoxaparina.
La cantidad de cada demanda dependerá de la cantidad de la medicina comprada entre el 21 de septiembre de 2011 y el 30 de septiembre de 2015, además del número de demandas válidas entregadas.
Cada miembro de clase recibirá un porcentaje del precio de compra de la medicina, dependiendo de si compró versiones genéricas o no genéricas de vías al por menor o no.
Para presentar una demanda, miembros de clase deben o rellenar un formulario de demanda en línea, o entregarlo por correo. Hay formularios de demanda diferentes para individuos, pagadores de tercera parte y hospitales. Estos formularios están disponibles en el sitio web de la resolución.
La fecha límite de objeción es el 16 de marzo de 2020. La fecha límite de exclusión ya pasó. La audiencia de la aprobación final está programada para el 29 de mayo de 2020.
¿Quién es elegible?
“Hospitales, pagadores de tercera parte y personas sin seguro que indirectamente compraron, pagaron por y/o reembolsaron parte o todo el precio de compra de, enoxaparina genérica o Lovenox®, en Arizona, Arkansas, California, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Distrito de Columbia, Florida, Hawái, Illinois, Iowa, Kansas, Maine, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Mississippi, Missouri, Montana, Nebraska, Nevada, Nueva Hampshire, Nueva México, Nueva York, Oregón, Tennessee, Utah, Vermont, Virginia Occidental y Wisconsin, del 21 de septiembre de 2011 al 30 de septiembre de 2015…para el propósito de consumo personal por ellos mismos, sus familias o sus miembros, empleados, asegurados, participantes, pacientes, beneficiarios o cualquier otra persona.”
“Con respecto a pagadores de tercera parte y personas sin seguro, la clase solamente incluye ellos, descritos anteriormente, que compraron, pagaron por y/o reembolsaron parte o todo el precio de compra de enoxaparina genérica o Lovenox® de una farmacia.”
La Indemnización Potencial
Varía, dependiendo de la cantidad de la medicina comprada y el número de demandas válidas.
La Prueba de Compra
Demandas de consumidor: Miembros de clase de consumidor necesitan entregar la cantidad de la medicina comprada y la prueba de compra si posible.
Demandas de hospital: Miembros de clase de hospital deben proveer fechas de factura, números que identifican, la dosis, costos y documentación de créditos o reembolsos recibidos.
Demandas de pagadores de tercera parte: Pagadores de tercera parte deben entregar códigos de identificación de pacientes, junto con fechas de facturas y información sobre cantidades cobradas, pagadas, y pagos de seguro.
El Formulario de Demandas
TENGA CUENTA: Si usted no califica para esta resolución, no presente una demanda.
Recuerde: usted está presentando una demanda bajo pena de perjurio. También, usted está dañando a otros miembros elegibles de la clase si presenta una demanda falsa. Si no está seguro, favor de leer la sección de FAQ del sitio web del Administrador de la Resolución para asegurar que usted cumple con todos los estándares (Top Class Actions no es un Administrador de la Resolución). Si usted no califica para esta resolución, chequee nuestro base de datos de otras resoluciones abiertas de demandas colectivas para cuales es posible que usted sea elegible.
La Fecha Límite del Formulario de Demandas
7/3/2020
El Nombre de Caso
The Hospital Authority of Metropolitan Government of Nashville and Davidson County Tennessee, et al. v. Momenta Pharmaceuticals Inc., et al., Case No. 3:15-cv-01100, in the U.S. District Court for the Middle District of Tennessee
La Audiencia Final
5/29/2020
El Sitio Web de la Resolución
El Administrador de Demandas
Enoxaparin Antitrust Settlement
c/o A.B. Data Ltd.
P.O. Box 173090
Milwaukee, WI 53217
1-888-208-9630
info@DVTmedslawsuit.com
El Abogado de la Clase
Brendan P. Glackin
LIEFF CABRASER HEIMANN & BERNSTEIN LLP
El Abogado Defensor
Michael L. Keeley
Bradley Justus
AXINN VELTROP & HARKRIDER LLP
Teresa T. Bonder
Matthew D. Kent
ALSTON & BIRD LLP
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